De conformidad con RCW 59.28, los propietarios de viviendas de alquiler con asistencia federal deben notificar a los inquilinos con 12 meses de anticipación antes del pago anticipado de una hipoteca asegurada por el gobierno federal o el vencimiento de un contrato de asistencia para el alquiler. También se debe enviar una copia del aviso al Departamento de Comercio. Para preguntas frecuentes sobre el programa, consulte la Guía Información para propietarios – Cumplimiento de los requisitos de RCW 59.28 (en la caja).
- Para propietarios e inquilinos de viviendas con asistencia federal: la información y los recursos están disponibles en esta página.
- Para inquilinos y defensores legales: los recursos para verificar el cumplimiento de la ley por parte de un proveedor de vivienda y todos los avisos publicados de los últimos dos años están disponibles en «Avisos recibidos por el Comercio».
Información para inquilinos de viviendas con asistencia federal
Recursos para propietarios
- Preguntas frecuentes (PDF)
- Contactos y recursos (PDF)
- Ejemplo de carta: inquilinos (Word)
- Ejemplo de carta: agencias (Word)