Pueblos, ciudades y condados de segunda clase
Según el Proyecto de Ley 1336 de la Cámara de Representantes, un pueblo, una ciudad de segunda clase o un condado pueden construir, comprar, adquirir, desarrollar, financiar, arrendar, licenciar, proporcionar, contratar, interconectar, alterar, mejorar, reparar, operar y mantener servicios de telecomunicaciones o instalaciones de telecomunicaciones con el fin de proporcionar servicios de telecomunicaciones a sus habitantes. La entidad tiene plena autoridad para regular y controlar el uso, la distribución y el precio de los servicios.
Las entidades elegibles deben presentar un plan que aborde los siguientes elementos a su órgano de gobierno y a la Oficina Estatal de Banda Ancha:
- Una evaluación de la disponibilidad actual de infraestructura de banda ancha y su idoneidad para proporcionar acceso a Internet de alta velocidad y otros servicios avanzados de telecomunicaciones a los usuarios finales;
- La ubicación donde se proporcionarán los servicios de telecomunicaciones minoristas;
- Evidencia relacionada con la naturaleza «desatendida» de la comunidad en la que se proporcionarán los servicios de telecomunicaciones minoristas;
- Costos esperados de proporcionar servicios de telecomunicaciones minoristas a los clientes a los que prestará servicio la entidad;
- Evidencia de que la infraestructura de telecomunicaciones propuesta será capaz de escalar a mayores velocidades de descarga y carga para cumplir con los objetivos estatales de banda ancha bajo RCW 43.330.536;
- Fuentes de financiación para el proyecto que complementarán cualquier subvención o préstamo; y
- Un plan estratégico para mantener la operación a largo plazo de la infraestructura y los cargos de instalación esperados y los costos mensuales para los usuarios finales.
Puertos y PUD
Según el Proyecto de Ley 1336 de la Cámara de Representantes y el Proyecto de Ley del Senado 5383, un distrito de servicios públicos o un distrito portuario puede proporcionar servicios de telecomunicaciones minoristas o instalaciones de telecomunicaciones dentro de los límites del distrito o fuera de los límites del distrito por contrato con otro distrito de servicios públicos, cualquier subdivisión política del estado autorizada para proporcionar servicios de telecomunicaciones minoristas en el estado, o con cualquier tribu reconocida por el gobierno federal ubicada en el estado de Washington
Un distrito de servicios públicos o distrito portuario debe notificar y consultar con la oficina estatal de banda ancha del gobernador dentro de los 30 días posteriores a su decisión de proporcionar servicios de telecomunicaciones minoristas a áreas sin servicio y presentar un plan de infraestructura y servicio de telecomunicaciones. Se debe presentar una copia de la resolución adoptada por el órgano de gobierno del municipio que muestre la intención de proporcionar un servicio de telecomunicaciones minorista a la oficina de banda ancha del estado dentro de los 30 días posteriores a la adopción.
Las entidades elegibles deben presentar un plan que aborde los siguientes elementos a su órgano de gobierno y a la Oficina Estatal de Banda Ancha:
- Una evaluación de la disponibilidad actual de infraestructura de banda ancha y su idoneidad para proporcionar acceso a Internet de alta velocidad y otros servicios avanzados de telecomunicaciones a los usuarios finales;
- La ubicación donde se proporcionarán los servicios de telecomunicaciones minoristas;
- Evidencia relacionada con la naturaleza «desatendida» de la comunidad en la que se proporcionarán los servicios de telecomunicaciones minoristas;
- Costos esperados de proporcionar servicios de telecomunicaciones minoristas a los clientes a los que prestará servicio la entidad;
- Evidencia de que la infraestructura de telecomunicaciones propuesta será capaz de escalar a mayores velocidades de descarga y carga para cumplir con los objetivos estatales de banda ancha bajo RCW 43.330.536;
- Fuentes de financiamiento para el proyecto que complementarán cualquier subvención o préstamo y una descripción de los posibles fondos estatales y federales disponibles para brindar servicio al área desatendida;
- Un plan estratégico para mantener la operación a largo plazo de la infraestructura, y los cargos de instalación esperados y los costos mensuales para los usuarios finales;
- Mapa y descripción de cómo el despliegue de la infraestructura de banda ancha propuesta logrará una velocidad de descarga mínima de 100 megabits por segundo y una velocidad de carga mínima de 20 megabits por segundo y luego aumenta para ser consistente con los objetivos estatales de velocidad de banda ancha a largo plazo establecidos para áreas «desatendidas»;
- Priorización del cronograma del proyecto de áreas «desatendidas»; y
- Una copia de la resolución adoptada por el órgano rector
Nota: A los efectos de ESHB 1336 y SB 5383, «sin servicio» significa un área de Washington en la que los hogares y las empresas carecen de acceso al servicio de banda ancha a una velocidad de descarga mínima de 100 megabits por segundo y a una velocidad de carga mínima de 20 megabits por segundo.
Enviar un plan
Los planes deben enviarse por correo electrónico a la oficina estatal de banda ancha al wsbo@commerce.wa.gov. Descargue el formulario (DOC) necesario para presentar un plan de autoridad minorista.
El plan será revisado para verificar que esté completo. Cuando el plan incluya toda la información requerida por ESHB 1336 y SB 5385, la Oficina Estatal de Banda Ancha publicará una revisión del proyecto propuesto en la página a continuación.
Recursos
Cualquier plan, documentación u otra información presentada por entidades elegibles puede ser utilizada por la Oficina Estatal de Banda Ancha para:
- Para comprender mejor la implementación de la infraestructura;
- asignar fondos potencialmente para áreas desatendidas;
- promover los objetivos de la política estatal;
- para determinar si el plan se alinea con los objetivos de la política estatal y las prioridades de banda ancha;
- medir el progreso hacia el servicio a las personas en áreas desatendidas;
- informar sobre la viabilidad y sostenibilidad del proyecto; y
- para confirmar que el proyecto se encuentra dentro de un área sin servicio.